Publicado por: Coceta
Nacional / Numero_23 | Lun 27 - Jun - 2011

Excepción a la entrada en vigor del Plan General de Contabilidad

El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (Icac) ha respondido a la consulta hecha desde Coceta y Cepes en relación al Plan General de Contabilidad, regulado en la Orden EHA/3360/2010, que aprueba las normas sobre la contabilidad de las cooperativas, para aquellas cuyo ejercicio económico es diferente del ejercicio natural, en la formulación de las cuentas anuales de 2011, antes del 31 de diciembre. A este respecto el Icac ha indicado que considerando la literalidad de la Disposición Adicional Segunda, las sociedades que finalicen sus ejercicios económicos antes del 31 de diciembre de 2011, habiéndolos iniciado antes del 31 de diciembre de 2010, podrán seguir con la situación anterior respecto de la calificación del capital. Es decir, no es preciso que las cooperativas realicen modificación estatutaria antes del cierre contable a la que habitualmente tienen establecida. Por tanto, continuarán en situación de prórroga hasta que llegue el final de su ejercicio económico. Sólo a partir del cierre económico de su ejercicio las cooperativas modificarán sus estatutos y decidirán sobre la calificación de las aportaciones de los socios.

Documentos

El cambio es a petición de Coceta y Cepes.