Publicado por: Coceta
Europa / Numero_22 | Mar 22 - Mar - 2011

Ya se puede crear una sociedad cooperativa europea en España

La posibilidad de crear una sociedad cooperativa en el ámbito de la Unión Europea, con el objetivo de permitir la intensificación de las actividades transnacionales a las sociedades cooperativas, ya es posible.

Miembros de Cooperativas Europa

Miembros de Cooperativas Europa, el principal referente de las cooperativas europeas. Foto de archivo (gentileza de Ray Collins).

Dicha medida ha sido una de las demandas del sector durante años. El número de cooperativas constituidas en el ámbito de la Unión Europea se cifra en unas 160.000, que ofrecen trabajo, aproximadamente, a 5,4 millones de personas. Las cooperativas están presentes en todos los Estados miembros, países candidatos y en vías de adhesión, y afectan a la vida diaria de más de 123 millones de ciudadanos, que son sus socios.

En base a esta realidad societaria, Bruselas dio luz verde al Estatuto de la Sociedad Cooperativa Europea (SCE) en 2003, a través de un Reglamento que regula los aspectos societarios, al tiempo que la Directiva 2003/72/CE contempla la implicación de los trabajadores en la SCE. Ambas normativas fueron, a su vez, transpuestas al ordenamiento jurídico español, si bien, la remisión a la legislación aplicable en el Estado miembro había hecho prácticamente inviable la creación de las SCE con domicilio en España. Así, la constitución de una SCE requería de la regulación y adaptación de elementos como la inscripción y publicación de actos, traslado, fusión, transformación y disolución de la SCE, todo ello, conforme a la normativa española, al tener el domicilio en España. El objetivo principal de la SCE, como en cualquier otra sociedad cooperativa, es la satisfacción de las necesidades de sus socios, así como el desarrollo de sus actividades económicas o sociales, con respeto a los principios cooperativos.

A pesar de que Bruselas ya había dado luz verde, la remisión al Estado miembro la hacía inviable

La normativa posibilita que se constituyan SCE en España. Ahora bien, la remisión que se realiza a la normativa española abre todo un campo de opciones, en función de dónde se ubique. Es decir, dado que prácticamente cada comunidad autónoma tiene su regulación cooperativa, cabe que existan diferentes modalidades de SCE como legislaciones autonómicas hay. Un punto de referencia común es que la SCE ha de inscribirse en el Registro Mercantil. Respecto de quienes pueden constituir una SCE domiciliada en España, se abre también un abanico de posibilidades, hasta cinco, siendo las más sencillas, las que se corresponden con la constitución con un mínimo de cinco personas físicas, que residan en al menos dos países de la UE.

Ante esta complejidad, y las pocas SCE existentes hasta ahora en todo el territorio de la UE, tan sólo 17, Coceta participa junto con organizaciones cooperativas y sindicales de Italia, Francia y Bélgica, en la constitución de una SCE para el sector de servicios a las personas, a través del proyecto denominado Mediterránea.